top of page

FAQ:

1. ¿Cuándo tengo que revisar por primera vez?
    Los vehículos de carga general, tienen 12 meses para realizar la primera RTO.
     Los vehículos de carga peligrosa y transporte de pasajeros deben realizar la
RTO antes de poder prestar servicios.
     Los vehículos de uso particular tienen 24 meses para realizar la primera
RTO.

2. ¿Dónde puedo hacer la RTO?
    La RTO puede hacerse en cualquier Centro de Revisión Técnica de Jurisdicción Nacional, sin importar la radicación del vehículo.

3. ¿Cuánto cuesta la RTO?
    Precios de la RTO solicitarlos a COTEA.

4. ¿Cuánto dura la RTO?
    Para los vehículos de carga general hasta 20 años, la RTO tiene vigencia de 12 meses.
     Para los vehículos de uso particular hasta 7 años de antigüedad, la
RTO tiene vigencia de 24 meses. Pasados los 7 años, la RTO tiene  vigencia de 12 meses.
     Para los vehículos tractores de carga peligrosa hasta 10 años, la
RTO tiene vigencia de 12 meses. Luego tiene una prórroga de 3 años, la RTO tiene vigencia de 4 meses.
     Para los vehículos de carga peligrosa (no tractores) hasta los 10 años la
RTO tiene vigencia de 12 meses. Luego la RTO tiene vigencia de 6 meses
     Para los vehículos de transporte de pasajeros interjurisdiccional hasta los 10 años, la
RTO tiene vigencia de 6 meses. Luego tiene una prórroga de 3 años, la vigencia de la RTO es de 4 meses.

5. ¿Hay que sacar turno para realizar la RTO?
    La forma de atender al cliente depende de cada Centro de Revisión Técnica. En nuestro Centro trabajamos por orden de llegada, por lo que no hay que sacar turno para realizar la RTO.

6. ¿Qué requisitos se requiere para realizar la RTO?
    Requisito general: presentar el título o la cédula verde del vehículo.
     Para los vehículos motrices de carga peligrosa, la unidad debe tener instalado un tacógrafo.
     Para los vehículos no motrices de carga peligrosa, la unidad deber tener aprobado un certificado de aptitud.
     Para los vehículos de transporte de pasajeros interjurisdiccional, la unidad debe contar con la habilitación pertinente y tacógrafo.

7. ¿Si mi vehículo no aprueba, cuánto tiempo tengo para realizar los arreglos?
    Si el vehículo es de uso particular tiene un período de 60 días para circular y realizar los arreglos pertinentes.
     Si el vehículo es de transporte de cargas o pasajeros, tiene un período de 30 días para circular y realizar los arreglos, pero no puede prestar servicios.

8. Resultados de la RTO
     Al finalizar la RTO.
9. Vidrios Polarizados
    La normativa vigente establece que los vidrios laterales y traseros de los vehículos deben tener una transmitancia superior al 70%, mientras que en el parabrisas la transmitancia debe ser mayor al 75%.

10. Defensas
      La normativa vigente establece que no se puede agregar nada al vehículo que supere las delimitaciones de la LCM. P
bottom of page